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Senadora presenta proyecto contra la Prensa de RD ; dice periodistas y comunicadores enfrentarían demandas penales

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Los periodistas que publiquen imágenes, vídeos o  informen sobre las acciones  de los políticos, funcionarios o cualquier otra persona sin  autorización previa, enfrentarían demandas penales y civiles y las condenas  quedarían a discrecionalidad de un juez, según el proyecto de ley orgánica que regularía el derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen, que fue aprobado el pasado martes en segunda lectura por el Senado de la República

Dicho proyecto considera a los comunicadores como «intrusos», en caso de que hagan pública la ocurrencia de un hecho sin el permiso correspondiente de los involucrados.

Los que «atenten» contra el honor y el buen hombre de funcionarios y personalidades serían perseguidos por los jueces de los juzgados de primera instancia en función a la naturaleza de su competencia y la vía elegida por el agraviado.

El artículo 1 de dicho proyecto dice que «los derechos a la intimidad, al honor, al bueno nombre y  a la propia imagen, establecidos como derechos fundamentales al tenor de la Constitución de la República, serán delimitados y protegidos frente a todo género de intromisiones ilegítimas, de acuerdo con lo establecido en esta ley orgánica».

La pieza deja a la interpretación y la discrecionalidad de un juez la aplicación de esta norma en caso de que supuestamente haya sido violada.

La pieza, autoría de la senadora del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia Baoruco, establece que es  «intromisión ilegítima» si se informara de los hechos publicando noticias, imágenes y grabaciones sin autorización previa de los afectados, por lo que podrían enfrentar  condenas penales y civiles, además de demandas civiles por daños y perjuicios, así como afrontar indemnizaciones.

El presidente de la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), Trajano Vidal Potentini,  considera la iniciativa como una mordaza para la libertad de expresión y un intento de la legisladora de hacer un traje a la medida para los políticos, creando las condiciones que  garanticen su impunidad e  inmunidad.

«Un tercero solo podrá hacer  uso de la imagen de una persona con el consentimiento informado previo y expreso del titular del derecho, salvo que la imagen captada en un lugar o evento público y sea utilizada para la presentación de una información noticiosa, artística o estrictamente personal», dice el artículo 10 de la pieza.

El párrafo 1 de dicho artículo dice: «Si una persona fuese fotografiada o grabada en un lugar o evento público y se pretendiese usar su imagen sin consentimiento previo, con un fin distinto a la difusión de una información noticiosa ligada al lugar o evento de ocurrencia,  se considerará conculcado su derecho a la propia imagen».

El artículo 11 de dicho proyecto establece que «la protección a los derechos la intimidad, al honor, buen nombre y propia imagen puede ventilarse por la vía civil, penal o constitucional de conformidad a las normas que rigen los procedimientos de cada materia. Los juzgados de primera instancia en función de la naturaleza de su competencia y la vía elegida por el agraviado, conocerán de tales acciones».

Privilegios

El artículo 9 del  proyecto exonera de culpa a los legisladores que podrán opinar de cuanto tema consideren  en el ejercicio de sus funciones, como lo establece la Constitución de la República. Tampoco las apreciaciones de los jueces en el contenido de sus decisiones serían consideradas como falta en la pieza.