PRINCIPALES
Senado aprueba en proyecto que regula la sucesión en el nivel municipal
Santo Domingo.- El Senado de la República aprobó aprobada en segunda lectura, con una votación a unanimidad con 20 senadores presentes en la sesión, el proyecto de ley que regulara a futuro todo lo relativo a la sucesión en el nivel municipal.
La propuesta modifica los artículos 36, 64 y 81; y adiciona los artículos 66.1 y 66.2 a la ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, relativos a la sucesión de alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores municipales.
La normativa, presentada por la senadora de la provincia Hermanas Mirabal, Mercedes Ortiz, plantea regular la suplencia de los alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores de las juntas de distritos municipales de la República Dominicana.
La misma quedaría establecida mediante los artículos 36, 64 y 81, que tienen que ver con la forma en que se escogen al alcalde, vicealcalde y regidores. El artículo 3, que modifica el 36 sobre el regidor, indica que, si no hubiese suplente para sustituirlo, el partido que lo postuló presentará dentro de 30 días una terna al Concejo de Regidores.
También indica que deberá ser escogida de los candidatos a regidor donde ocurrió la vacante. Si dentro de ese periodo no se somete la terna, el Consejo de Regidores escogerá al sustituto de una terna planteada por el alcalde.
El artículo 4, que modifica el 64 sobre la sustitución del alcalde, señala que, si la vacante ocurriese por pérdida de este, se posicionará al vicealcalde.
Pero si el vicealcalde no pudiese ejercer la función, asumirá de manera provisional el secretario general de la alcaldía. En caso de que éste no exista, el presidente del Concejo de Regidores pedirá al partido que dentro de 30 días someta una propuesta.
Santo Domingo.- El Senado de la República aprobó aprobada en segunda lectura, con una votación a unanimidad con 20 senadores presentes en la sesión, el proyecto de ley que regulara a futuro todo lo relativo a la sucesión en el nivel municipal.
La propuesta modifica los artículos 36, 64 y 81; y adiciona los artículos 66.1 y 66.2 a la ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, relativos a la sucesión de alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores municipales.
La normativa, presentada por la senadora de la provincia Hermanas Mirabal, Mercedes Ortiz, plantea regular la suplencia de los alcaldes, vicealcaldes, regidores y directores de las juntas de distritos municipales de la República Dominicana.
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La misma quedaría establecida mediante los artículos 36, 64 y 81, que tienen que ver con la forma en que se escogen al alcalde, vicealcalde y regidores. El artículo 3, que modifica el 36 sobre el regidor, indica que, si no hubiese suplente para sustituirlo, el partido que lo postuló presentará dentro de 30 días una terna al Concejo de Regidores.
También indica que deberá ser escogida de los candidatos a regidor donde ocurrió la vacante. Si dentro de ese periodo no se somete la terna, el Consejo de Regidores escogerá al sustituto de una terna planteada por el alcalde.
El artículo 4, que modifica el 64 sobre la sustitución del alcalde, señala que, si la vacante ocurriese por pérdida de este, se posicionará al vicealcalde.
Pero si el vicealcalde no pudiese ejercer la función, asumirá de manera provisional el secretario general de la alcaldía. En caso de que éste no exista, el presidente del Concejo de Regidores pedirá al partido que dentro de 30 días someta una propuesta.