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Suprema Corte de Justicia designa juez de Instrucción Especial para conocer acusación de la Procuraduría contra diputado PRM de ejecutar desalojos ilegales y deslindes fraudulentos

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La SCJ designó a un juez de la Instrucción Especial y declaró inadmisible un recurso del legislador que perseguía el archivo de una querella en su contra

SANTO DOMINGO, RD

La Suprema Corte de Justicia designó a un juez de Instrucción Especial para conocer la acusación de la Procuraduría General de la República contra un diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia de Santiago, que es responsabilizado de realizar una serie de desalojos ilegales y fabricar deslindes fraudulentos para apoderarse de miles de tareas de tierras en Playa Ensenada y Punta Rucia, Puerto Plata, que deben estar en manos del Estado.

Las investigaciones sobre las denuncias formuladas por varias personas, incluyendo ciudadanos extranjeros, contra el diputado oficialista Gregorio Domínguez, PRM-Santiago, fueron efectuadas por el procurador adjunto Rafael Suárez, que en las próximas estará depositando la acusación en su contra.

Diferentes sectores de la provincia de Puerto Plata, incluyendo varios alcaldes y dirigentes comunitarios, han denunciado que el fraude que se pretende ejecutar con los terrenos de Punta Rucia y Playa La Ensenada, y del cual se acusa a una alegada de red, encabezada por el diputado Domínguez, es peor que el ocurrido en Bahía de las Águilas, en Barahona.

Al mismo tiempo, la SCJ declaró inadmisible un acto con el que el legislador perseguía que el Ministerio Público dispusiera el archivo definitivo de la querella en su contra.

Esa decisión fue tomada por la jueza Vanessa E. Acosta Peralta, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, designada por el presidente del alto tribunal, Luis Henry Molina, a solicitud del procurador adjunto Rafael Suárez, en ocasión de la querella que por violación de propiedad interpuesta la Lucila Nelly Capellán Luna contra el diputado Domínguez.

Capellán interpuso ante el Ministerio Público una querella, el 11 de noviembre de 2020, en la que acusa al congresista de una presunta violación de los artículos 24 y 25, de la Ley 396-19, que regula el otorgamiento de la fuerza pública, y el número 1, de la Ley 5869, sobre Violación de Propiedad Privada.

Capellán Luna alega que el 27 de marzo de 2020, Domínguez dirigió la ejecución ilegal de un desalojo, la destrucción y demolición de una vivienda en construcción a nivel de plato, ubicada la comunidad Punta Rucia, municipio Estero Hondo, provincia Puerto Plata.

Conforme a la instancia presentada por el magistrado Suárez en la SCJ, para pedir la designación de un juez de control especial, la querellante alega que el legislador hizo el desalojo sin la debida orden de una fuerza pública y acompañado de una turba de hombres armados, incluyendo militares, y de otros que simularon ser fiscales y juez de paz.

La querellante también se querelló contra la esposa del diputado, Judith Idalia Núñez Guzmán, su empleado Catalino Martínez, Julio César Acosta, propietario de una pala mecánica, y el conductor de ese vehículo, Emmanuel Williams Molina.

Tanto el diputado Domínguez como su esposa Núñez Guzmán solicitaron al procurador adjunto Suárez que declarara la inadmisibilidad de la querella, oposición a la constitución en actor civil y el archivo del expediente.

El 7 de octubre de 2021, ambos querellados notificaron al procurador adjunto un acto de intimación y puesta en mora para que le notifique “el dictamen de admisibilidad o no de la querella”, acción que trataron de lograr infructuosamente ante la Suprema.

Al decidir sobre esa acción, la jueza Acosta Peralta destacó que “uno de los principios que rigen el proceso penal es la separación de funciones, contenido en el artículo 22 del Código Procesal Penal”.

El citado artículo dispone que “las funciones de investigación y de persecución están separadas de la función jurisdiccional. El Juez no puede realizar actos que impliquen el ejercicio de la acción penal ni el Ministerio Público puede realizar actos jurisdiccionales”.

Numerosos ciudadanos, incluyendo extranjeros, han denunciado las acciones ilegales y violentas del diputado Domínguez contra dueños de propiedades de Punta Rucia y Playa Ensenada con el propósito de apoderarse de cientos de tareas de terrenos turísticos, la mayoría propiedad de Estado.

Por lo que se espera que en los próximos días se deposite acusación contra el diputado, el cual podría enfrentar una pena de hasta 5 años de prisión.

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