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Tribunal absuelve a Conrado Pittaluga de la acusación de soborno

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El Ministerio Público indicó que, “de acuerdo con las pruebas sobre los productos financieros de Pittaluga Arzeno en el período 2004 al 2017, se pudo determinar que el imputado manejó un total de RD$100,909,003.64, así como US$1,381,325.44 y EU$50,385.33”.

SANTO DOMINGO.-Las juezas del Primer Tribunal Colegiado absolvieron al abogado Conrado Pittaluga de la acusación de soborno, “por el hecho irrebatible de los pagos de los seis millones de dólares se encuentra en su poder y no han sido movilizados a través de acciones ascendentes a su ocultamiento”.null

“La defensa ha presenta una duda razonable de que el imputado Conrado Pittaluga, puesto que el solo hecho del Ministerio Público indicar que los pagos hayan constituido un soborno, por haberlo realizado el departamento de operaciones estructuradas desde dos compañías offshores, no es suficiente ante la posibilidad de pagos privados o de otra naturalezas”, expresó la jueza Giselle Naranjo. 

Tras valorar la prueba aportada por el Ministerio Público, el tribunal constató que ni el imputado Víctor Díaz Rúa, como ministro de Obras Públicas y el abogado Conrado Pittaluga participaron en el proceso adjudicación del contrato de la obra autopista del Coral a la constructora Noberto Odebrecht.

“Esto es porque se puede constatar con la prueba aportada que para el momento en que estos imputados llegan a tener relación con la Autopista del Coral y con empresa Odebrecht, ya se había firmado tanto los contratos de adjudicación a hormigones Moya en fecha 4 de abril del 2003, así como se habían producido el memorando de entendimiento… en esta fecha es que Odebrecht entra en la autopista del Coral”, dice la jueza.

Luego de evaluar las declaraciones de los testigos, el tribunal no pudo concluir que todos los pagos realizados era ilícitos y por lo tanto soborno, “no hay certeza con respeto a ese enunciado”.

También no pudo concluir que el sistema drousys tuviera registrado en documentos y transacciones ilícitas. “Porque también se observa a partir de la prueba 11 del Ministerio Público, pagos donde el ordenante no es Odebrecht, sino una empresa privada”.

La magistrada aseguró que la teoría del Ministerio Público no explicó la naturaleza de esa prueba e “impera la duda”.