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Abinader somete proyecto de ley para regular los juegos de azar

El presidente Luis Abinader, a través de la Consultoría Jurídica, sometió este martes un proyecto de ley para regular, supervisar y enfrentar el lavado de activo en los juegos de azar.
Para ello se creará la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) como órgano rector autorizado para las licencias operativas a 15 tipos de los juegos de azar definidos en la normativa.
Estos son: casinos, salas de juegos de máquinas tragamonedas, casas de apuestas deportivas, casas de lotería, agencias hípicas, sorteos de la lotería nacional, loterías electrónicas, puntos de ventas de apuestas de lotería, máquinas tragamonedas, salas tragamonedas, juegos de azar y apuestas por internet, juegos de azar virtuales, bingos tradicionales, bingos electrónicos y rifas benéficas y no benéficas.
Casinos
El artículo 36 de la propuesta señala que los casinos solo podrán operar dentro de hoteles de cuatro estrellas en adelante. Los que tengan entre una a 15 mesas, pagarán 55,853 pesos por cada una. Mientras que para los de 36 en adelante, la tarifa por mesa será de 85,927 pesos.
Además, cada máquina tragamonedas en un casino pagará al mes el 5 % de las ventas brutas. Se agrega un párrafo transitorio para cobrar una cuota mensual de 14,000 hasta que las autoridades tributarias desarrollen un sistema tecnológico.
Bancas deportivas
Las bancas deportivas deben estar a 500 metros de las entidades antes señaladas. Tampoco deben pasar de las 10 máquinas tragamonedas y no deben estar instaladas en ninguna sección o paraje del país.
Las que operen en el área metropolitana —Gran Santo Domingo, Santiago, La Vega, Duarte, Puerto Plata y San Cristóbal— pagarán 386,673 pesos anuales por concepto de operación, y las del resto del territorio, 257,782 pesos.
Además, para entrar en operación deberán pagar 794,414, más el 1 % de las ventas brutas del mes. Hasta que se desarrolle una plataforma de cobro digital, cada banca pagará 9,500 pesos al mes por las ventas brutas.
Las máquinas tragamonedas
El proyecto de ley indica que las máquinas tragamonedas solo serán permitidas en casinos, hoteles de una a tres estrellas, así como casas de apuestas.
Se sancionará a los propietarios que las instalen en colmados y centros de diversión y entretenimiento.
El impuesto a cobrar será del 5 % de las ventas brutas. Sin embargo, hasta que se desarrolle una plataforma, se cobrará una tarifa mensual de 14,000 pesos.
Los juegos por internet
Los juegos a través de internet tendrán un impuesto de 10 % de las ventas brutas al mes.
No obstante, otro párrafo transitorio señala que las empresas pagarán cinco millones de pesos cada 30 días hasta que se habilite una plataforma tecnológica.
De no hacerlo, la DGJA suspenderá el dominio de la página web.
Sobre las loterías
Con relación a las casas o bancas de lotería, dice que deberán estar ubicadas a una distancia mínima de 200 metros de escuelas y colegios, estancias, centros de salud, iglesias e instituciones estatales.
El proyecto modifica el artículo 36 de la Ley 139-11 para aumentar de 50 a 60,149 pesos el impuesto anual a las casas de lotería. Además, se agrega un impuesto de un 1 % a las ventas brutas del mes.
Asimismo, para registrar una casa de lotería se deberá pagar 317,765 pesos por concepto de registro o pago inicial de operaciones. Se agrega un párrafo transitorio para cobrar 2,400 pesos al mes hasta que complete el proceso de interconexión.
Loterías electrónicas
Las loterías electrónicas, que también deberán estar a 200 metros de centros educativos y de salud, el proyecto propone que paguen al mes el 24 % de las ventas brutas de los sorteos acumulativos, el 5 % de los no acumulativos y 54,000 pesos al año por concepto de operación. También incluyen el 1 % de las ventas brutas de las ventas diarias.
- En cuanto a los bingos, estos deben estar a 100, 300 y 500 metros de escuelas, de otros bingos, zonas rurales, respectivamente, y, deberán pagar un impuesto de 10 % de las ventas brutas del mes.
Sobre las infracciones
Las infracciones a la normativa serán penadas con multas de hasta 400 salarios mínimos del sector público. Dependiendo el grado, la penalidad podría ser tipificada en la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Además, se aplicarán penas entre los seis meses a 10 años de prisión, según la reincidencia.
- De aprobarse la legislación, cada empresa tendrá un periodo para adecuarse.
Otros puntos
Cada negocio tendrá obligatoriamente el mensaje en su entrada: “Jugar compulsivamente afecta tu salud“, parecido a la ley sobre el consumo de alcohol.
El artículo 34 señala que la Dirección General de Juegos de Azar, se reservará la entrega de licencia a empresas y personas que hayan sido sancionadas en los cuatro años previos en los delitos de fraude contra el Estado, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, falsedad, contrabando y delito contra la salud.
Todas las operaciones estarán almacenadas en el Sistema Único de Registro, según estipula el artículo 102 del proyecto de ley
La justificación de Abinader
El presidente Abinader, en su carta a Ricardo de los Santos, presidente del Senado, señala que, además se busca establecer mecanismos legales y tecnológicos que eviten la participación de menores de edad en las plataformas de apuestas en línea; asimismo, crear mecanismos que permitirán resguardar la ciberseguridad de los usuarios.
El Pleno del Senado envió la legislación a una comisión para su estudio y posterior rendición de informe.