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TC ordena devolver 13 vehículos y advierte a la Procuraduría sobre retención ilegal de bienes

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a Yeni Berenice Reynoso y a la Procuraduría General de la República (PGR) devolver 13 vehículos incautados en el año 2023 a la agencia Javi Auto Import, en la provincia La Altagracia, y reafirmó su postura contra la retención ilegal de bienes sin la existencia de un caso penal.
La empresa pertenece a Melvin Javier Carpio, hermano de Elyn Ernesto Carpio Peña, quien fue extraditado a los Estados Unidos en 2023 bajo acusaciones de narcotráfico internacional.
Los automóviles fueron decomisados en un allanamiento del 8 de julio de ese mismo año como cuerpo del delito del proceso penal, pero el Ministerio Público nunca depositó la acusación contra Melvin Javier, quien elevó un recurso de amparo en el Tribunal Superior Administrativo (TSA).
Los jueces le dieron la razón y mandaron a reponerle sus bienes, basados en que, a un año de iniciarse la investigación, no existía un proceso penal.
La PGR apeló esa sentencia con un recurso de revisión constitucional que el TC rechazó.
En su dictamen TC-0375-25, el Tribunal Constitucional otorgó al caso “especial trascendencia o relevancia constitucional” porque le permitiría “continuar desarrollando su jurisprudencia respecto de la devolución de bienes incautados por el Ministerio Público a ciudadanos que no han sido acusados penalmente”.
El TC determinó que el TSA realizó una correcta interpretación del derecho y efectuó una adecuada tutela del derecho fundamental de propiedad al fundar su decisión en la verificación de que no existe un proceso penal abierto.
“Al no existir proceso penal en su contra, ni contra los citados vehículos, la Dirección de Custodia y Administración de Bienes Incautados y la PGR no pueden continuar reteniendo ilegalmente los mismos por cuanto ello atenta contra el derecho fundamental de propiedad consagrado en el artículo 51 de la Constitución”, advirtió la Alta Corte.
Los magistrados reiteraron su criterio de que procede acoger la acción de amparo y ordenar la devolución de bienes incautados o secuestrados por el Ministerio Público en perjuicio de personas o empresas “que no tengan proceso penal abierto o no haya una denuncia de robo de los vehículos de motor envueltos en la disputa”.
En consecuencia, procedieron a “desestimar los alegatos que ha formulado la Procuraduría General de la República, Licenciada Yeni Berenice Reynoso Gómez, Claudia Lorena Garrido Caraballo, Sourelly N. Jáquez Vialet, por cuanto pretenden justificar la prolongación de la retención ilegal y arbitraria de los vehículos en cuestión”.
Los automóviles objeto del litigio son:
- Carro Kia Rio LX, año 2018
- Carro Suzuki Swift, año 2023
- Carro Toyota Camry LE, año 2011
- Yipeta Chevrolet Trax, año 2013
- Camioneta Chevrolet Colorado LT, año 2012
- Carro Honda Civic EX, año 2017
- Carro Hyundai Accent, año 2017
- Yipeta Suzuki Vitara 2WD, año 2020
- Carro Hyundai Grand i10, año 2020
- Yipeta Ford Escape Titanium, año 2019
- Yipeta Ford Escape SEL 4WD, año 2018
- Camioneta Nissan Frontier, año 2022
- Yipeta Nissan Rogue Sport, año 2020