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Llevan al Tribunal Constitucional la regulación de monedas digitales

En la actualidad, los activos digitales crecen de forma sostenida y generan millones de transacciones diarias en el mercado internacional, una realidad de la que la República Dominicana se mantiene al margen y que un recurso busca modificar.
La semana pasada, el Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo una acción directa de inconstitucionalidad que ataca la falta de regulación legal sobre los activos virtuales en el país. La iniciativa también procura que la alta corte exhorte al Poder Legislativo a responder ante la omisión prolongada en materia de criptomonedas y activos digitales.
El accionante, Marino Marrero Báez, sostiene en su solicitud que, pese a su uso sostenido durante más de una década, no existe un marco normativo claro que regule estas operaciones.
“No obstante esta ausencia legislativa, en la práctica se han generado criterios administrativos, advertencias institucionales y prácticas de exclusión que producen restricciones generales y automáticas, sin acto administrativo formal, sin procedimiento y sin motivación individualizada”, establece el recurso.
No son moneda de curso legal
El Banco Central, en 2021, reiteró su comunicado de 2017, en el que aclaraba que los activos virtuales (como Bitcoin, Litecoin, Ethereum, entre otros) no son “una moneda de curso legal y, por consiguiente, no gozan del respaldo del Estado” .
En la República Dominicana, la regulación de criptoactivos se ha caracterizado por una postura de advertencia y exclusión del sistema financiero formal, más que por la existencia de un marco legal integral.
Mediante esta acción, se solicita al tribunal que:
- Declare la existencia de una omisión legislativa inconstitucional, derivada de la ausencia prolongada de una regulación legal expresa sobre los activos virtuales, incluyendo las denominadas stablecoins.
- Declare la inconstitucionalidad de las interpretaciones normativas, prácticas administrativas o criterios de alcance general que, en ausencia de ley formal, imponen restricciones o bloqueos de facto sobre el uso de estos activos digitales privados, mediante exclusiones automáticas, prohibiciones implícitas o decisiones carentes de procedimiento y motivación.
Una realidad en el mercado
El accionante sostiene que los activos virtuales no constituyen una innovación incipiente, sino “una realidad económica madura, integrada progresivamente en los sistemas financieros de múltiples jurisdicciones mediante legislación formal, regímenes de licenciamiento, sandboxes regulatorios y esquemas prudenciales”.
A su juicio, estas medidas vulneran el principio de legalidad, al imponer limitaciones que no han sido establecidas mediante ley formal. El recurso también señala que esta situación afecta la libertad de empresa y el debido proceso.
En ese contexto, advierte que la falta de regulación coloca al país en desventaja competitiva, considerando que otros mercados han incorporado activos virtuales mediante marcos legales que permiten su uso controlado. Asimismo, sostiene que el vacío normativo podría facilitar actividades ilícitas, al dificultar la supervisión estatal y debilitar los mecanismos de prevención de lavado de activos.
Proyectos sometidos en la Cámara de Diputados
En la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados cursan dos proyectos de ley orientados a regular los activos digitales y las criptomonedas en la República Dominicana.
El primero, depositado el 16 de marzo de 2026, corresponde a la Ley de Prevención, Control y Regulación de las Criptomonedas en la República Dominicana, presentada por el diputado Carlos De Pérez, a partir de una propuesta del juez Argenis García del Rosario.
Esta iniciativa se enfoca en el control y la mitigación de riesgos, y plantea la necesidad de actualizar el marco legal ante el crecimiento del uso de criptomonedas y su impacto en el sistema financiero, tributario y comercial.
La propuesta también establece que estas deben ser reguladas en su uso, circulación y transacciones, incluyendo su aplicación en mercados financieros, casas de cambio y plataformas digitales.
Asimismo, la pieza introduce la obligación de que los proveedores de servicios cuenten con una “calidad certificante” otorgada por la Superintendencia de Valores para operar legalmente.
De igual forma, incorpora un componente tributario que define las criptomonedas como activos digitales sujetos a impuestos, estableciendo que las ganancias generadas constituyen rentas gravables y deben ser declaradas ante la Dirección General de Impuestos Internos.
El segundo proyecto, depositado el pasado 9 de abril por el diputado Jorge Frías, propone la creación de un marco regulatorio integral para los activos digitales y criptoactivos.
Entre sus puntos principales, plantea la creación de un Consejo Nacional de Activos Digitales y Criptoactivos, integrado por entidades como la Superintendencia del Mercado de Valores, la Superintendencia de Bancos y el Banco Central, con funciones de formulación de políticas públicas, supervisión y coordinación interinstitucional.
La iniciativa también establece la figura de los proveedores de servicios de activos digitales, que deberán contar con licencias para operar, cumplir normas de prevención de lavado de activos (AML/CFT) y garantizar transparencia en sus operaciones. Asimismo, contempla la implementación de un sandbox regulatorio para el desarrollo de innovaciones financieras en un entorno controlado.
Otro aspecto relevante es que el proyecto reconoce a los criptoactivos como una nueva clase de activos digitales, aunque precisa que no constituyen moneda de curso legal. Además, incluye disposiciones sobre tokenización de activos, regulación de plataformas de intercambio, protección al usuario y ciberseguridad.
Ambas iniciativas coinciden en señalar la ausencia de una regulación clara en el país y los riesgos asociados a este vacío legal en materia de activos digitales.
