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Ley lista para que el CNM elija al nuevo procurador
La Cámara de Diputados aprobó ayer en segunda lectura y convirtió en ley el proyecto que modifica la Ley 138-11, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, con el propósito de adecuarla, para regular la escogencia del procurador general de la República y de los procuradores adjuntos.
La pieza que pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación es un mandato de la reforma constitucional proclamada el 27 de octubre de 2024. Los proponentes de la ley son los senadores Ricardo de los Santos (PRM-Sánchez Ramírez) y Omar Fernández (FP-Distrito Nacional).
Con la nueva legislación, la cual contó con 131 síes, 11 abstenciones y sin voto en contra, se espera que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) se reúne en lo adelante para -a propuesta del Poder Ejecutivo- escoger al nuevo procurador general de la República y siete procuradores adjuntos (que son la mitad de los adjuntos). El Consejo no se reunía a espera de la actualización de referida ley, promulgada en 2011.
El nuevo marco legal trata el tema de la conformación del CNM, su funcionamiento y sus facultades. En la nueva Constitución y Ley está prevista la forma de elegir al procurador general de la República, mediante el Consejo Nacional de la Magistratura y a propuesta del Ejecutivo. Antes, el procurador era designado sólo por el presidente de la República, sin la intervención del CNM.
En cuanto a la composición del Consejo, en la reforma de la ley se excluyó la participación del procurador general de la República y en su lugar se incluyó al presidente del Tribunal Constitucional (TC).
Ahora, el Consejo Nacional de la Magistratura designará al procurador y adjuntos por un periodo de dos años, los cuales tendrán carácter de inamovilidad. La designación será con un mínimo de cinco votos favorables, y después de evaluar a los postulados.
El CNM podrá confirmar al procurador general y a los procuradores adjuntos al término de su periodo y bajo las mismas reglas de su elección, salvo destitución por juicio político.
Si el Consejo Nacional de la Magistratura no escoge al procurador general o algunos o todos de los procuradores adjuntos propuestos por el presidente de la República, se repetirá el mismo proceso hasta tanto sean ocupadas las vacantes correspondientes, según establece el artículo 35.3 de la ley reformada.
Funciones del CNM y su composición
Además del procurador general de la República y la mitad de los adjuntos, el Consejo Nacional de la Magistratura podrá designar los jueces de la Suprema Corte de Justicia; los jueces del Tribunal Constitucional; los jueces del Tribunal Superior Electoral y sus suplentes; así como evaluar el desempeño de los jueces de la Suprema Corte de Justicia.
El CNM estaría compuesto por ocho miembros, que son: el presidente de la República, quien lo presidirá y, en su ausencia, por el vicepresidente de la República; el presidente del Senado; y un senador que pertenezca al partido o bloque de partidos diferentes al presidente del Senado y que ostente la representación de la segunda mayoría.
También por el presidente de la Cámara de Diputados; un diputado escogido por la Cámara Baja, que pertenezca al partido o bloque de partidos diferentes al del presidente de la Cámara y que ostente la representación de la segunda mayoría; el presidente de la SCJ; un magistrado o magistrada de la SCJ escogido por su Pleno, quien fungirá de secretario; y el presidente del TC.
La CD convirtió en ley otras piezas legislativas
En la sesión de este martes, los diputados refrendaron en segunda lectura y convirtieron en ley el proyecto que modifica varios artículos de la Ley 167-21, del 09 de agosto de 2021, de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, sometido por el Poder Ejecutivo.
Los cambios a la legislación tienen el propósito de diferenciar las funciones de coordinación de la mejora regulatoria que corresponden al Ministerio de Administración Pública, de otras facultades que deben estar reservadas a cada órgano o ente regulador.
En los trabajos legislativos, la Cámara Baja también convirtió en ley el proyecto que crea el Boletín Oficial del Estado, para la publicación de leyes modificadas y de aplicación en todo el territorio nacional, proponente el senador Santiago Zorrilla (PRM-El Seibo).
Por otra parte, la CD aprobó en segunda lectura con modificaciones el proyecto que regula la contratación de prospectos de béisbol que son asignados a la Liga Dominicana de Verano (DSL) dentro del sistema de Ligas Mayores de Béisbol de los Estados Unidos (MLB). El pliego de ley sometido por el PE y que volverá al Senado para su consideración busca regular las academias que existen en el país.