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DECRETO. Presidente Abinader firma extradición de dos ciudadanos dominicanos a Estados Unidos

SANTO DOMINGO. – El presidente Luis Abinader dispuso este jueves, mediante los decretos números 260-25 y 261-25, la extradición hacia los Estados Unidos de América de los ciudadanos dominicanos José Luis Sánchez Andújar y Joaquín Núñez Díaz, requeridos por la justicia estadounidense por los delitos de homicidio y narcotráfico internacional, respectivamente.
El Decreto 260-25 autoriza la entrega de José Luis Sánchez Andújar, también identificado como José Luis Sánchez o José Luis Andújar, quien es solicitado por el Tribunal de Distrito para la mancomunidad de Massachusetts, División de Lawrence, para ser juzgado por el cargo de homicidio, en violación de las leyes generales de Massachusetts, capítulo 265, sección 1. La solicitud fue realizada por la Embajada de los Estados Unidos en el país mediante Nota Diplomática núm. 2024-0757 del 21 de agosto de 2024.
De acuerdo con los documentos oficiales, Sánchez Andújar aceptó voluntariamente su extradición durante una audiencia pública celebrada el 17 de diciembre de 2024 ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, lo que facilitó la aplicación del procedimiento simplificado establecido en el Tratado de Extradición suscrito entre ambos países en 2016.
En tanto, mediante el Decreto 261-25, el mandatario también ordenó la extradición de Joaquín Núñez Díaz, requerido por el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York por el cargo de asociación delictuosa para importar más de cinco kilogramos de cocaína a territorio estadounidense, en violación de diversas disposiciones del Código de los Estados Unidos.
La solicitud de Núñez Díaz fue presentada por la Embajada estadounidense mediante la Nota Diplomática núm. 2025-0018 del 13 de enero de 2025 y tramitada por la Procuraduría General de la República. Al igual que Sánchez Andújar, Núñez Díaz también optó por acogerse al procedimiento simplificado de extradición, manifestando su consentimiento de forma voluntaria en audiencia pública el 1 de mayo de 2025 ante la Suprema Corte de Justicia.
Ambas extradiciones se disponen bajo la condición de que los ciudadanos no sean juzgados por delitos distintos a los que motivaron sus respectivas solicitudes, ni se les impongan penas superiores a las previstas en la legislación penal dominicana, ni la pena de muerte, conforme lo establece el tratado bilateral vigente.
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