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PRM propone terna para la elección del próximo alcalde de La Vega tras la salida de Kelvin Cruz

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Por Winston Hernández
@winstonnoticias

La Vega, RD – El Comité Ejecutivo Municipal del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ha presentado una terna de candidatos al presidente de la República, Luis Abinader, para que este seleccione al nuevo alcalde de La Vega, luego de la renuncia de Kelvin Cruz, quien dejó el cargo para asumir como ministro de Deportes.

Los candidatos propuestos son Danny Holguín, Esteban García y el diputado Agustín Burgos. Burgos se reunió hoy con el ministro Kelvin Cruz, desmintiendo los rumores sobre un posible conflicto entre ambos por la dirección de la alcaldía.

Esta terna será evaluada por una comisión especial presidida por el vicepresidente del PRM, Eddy Olivares, que también incluye a Antoliano Peralta Romero, consultor Jurídico del Poder Ejecutivo y encargado de asuntos legales del PRM, y a Víctor D’Aza, secretario general de la Liga Municipal Dominicana. Kelvin Cruz, ahora ministro de Deportes, asesorará en este proceso.

En la actualidad, el ayuntamiento de La Vega está dirigido de manera interina por Joel Martínez, secretario general del cabildo.

Varios nombres han sido considerados para ocupar la vacante de alcalde, entre ellos Joel Martínez; Danny Holguín, director operativo del cabildo; la gobernadora Luisa De La Mota; Juan Manuel Méndez, director del Centro de Operaciones de Emergencias; el exalcalde Fausto Ruiz; el diputado Agustín Burgos; y el exdiputado Mario Hidalgo.

La Ley 176-07, que regula el Distrito Nacional y los Ayuntamientos, otorga al presidente Luis Abinader la facultad de designar al nuevo alcalde del Ayuntamiento de La Vega, tras la promoción de Kelvin Cruz a ministro de Deportes y la renuncia de la vicealcaldesa Amparo Custodio.

Según el Artículo 64 de esta ley, la vacante de síndico debe ser ocupada por el vicesíndico, quien deberá prestar juramento ante el Concejo Municipal en una sesión extraordinaria convocada para este fin.

Sin embargo, el Párrafo I de dicho artículo establece que, si no hay vicesíndico, el presidente del Concejo Municipal debe dirigirse al Presidente de la República para que proceda a la designación del nuevo alcalde, conforme a lo establecido en la Constitución de la República.