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EGEHID es centro de escándalo por la compra de 20 millones de pesos en bonos navideños durante el pasado mes de diciembre

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La Empresa Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID es el centro de un escándalo mayúsculo por la compra de 20 millones de pesos en bonos navideños durante la pasada temporada de navidad del 2020.

Con esta iniciativa esa empresa del Estado dirigida por Rafael Salazar, se apartó de la disposición tomada por el Presidente de la República, Luis Abinader, que instruyó a todos los directivos de las instituciones públicas para que no aprobaran gastos de esa naturaleza por la crisis económica que vive el país, como consecuencia de la crisis de salud generada por la presencia del Covid-19.


La Empresa Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) realizó la compra de bonos navideños en dos partidas. La primera compra de bonos por RD$13,000.000.00 fue realizada mediante la orden número TB-290-390 con factura de fecha 17 de diciembre del 2020.

La segunda compra de bonos navideños de EGEHID por un valor de RD$7,000.000.00 fue realizada mediante la orden número TB-290-390 de la misma fecha, 17 de diciembre del 2020.
Se recuerda que el Ministerio de la Admi­nistración Pública (MAP) ordenó mediante la Reso­lución 163-2020 a las ins­tituciones públicas abste­nerse de realizar compras navideñas durante es­te año 2020, para de esta forma disminuir los gastos presupuestarios.
De acuerdo al MAP, la decisión era general y que las excepciones de la reso­lución sólo podrían ser las autorizadas por el presi­dente de la República, Luis Abinader.

“La presente Resolu­ción tiene por objeto orde­nar a los diferentes entes y órganos de la Adminis­tración Pública abstener­se de la compra de bonos, canastas y artículos navi­deños con fines de obse­quio al personal y relacio­nados durante el presente año 2020, como forma de mitigar los efectos presu­puestarios, indicaba el artí­culo primero.

Corresponderá a la Di­rección General de Pre­supuesto (Digepres) y a la Contraloría General de la República, el segui­miento y control del cum­plimiento de la presente disposición. Explicaba la nota del MAP.

La resolución, con fe­cha del 13 de octubre emi­tida en cumplimiento de las atribuciones conferidas en la Ley número 41-08 de Función Pública del 16 de enero de 2008. indicaba que “se hace efectiva y de ca­rácter obligatoria para to­dos los entes y órganos de la administración pública a partir de su publicación”.

Pandemia del Covid-19
El MAP hizo alusión como uno de los motivos princi­pales para adoptar la con­tinuidad de la emergencia sanitaria y los efectos de la pandemia del Covid-19 so­bre nuestro país.