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Juan Hubieres acude a la Procuraduría; pide intervención de Miriam Germán contra supuesta mafia de fiscales en Santo Domingo
SANTO DOMINGO. El dirigente del transporte, Juan Hubieres, acudió este lunes a la Procuraduría a solicitar la intervención de Miriam Germán Brito contra una supuesta mafia de fiscales ancladas en la provincia de Santo Domingo.
A continuación la comunicación depositada ante la Procuraduría General de la República Dominicana :
Santo Domingo DN.
21 de junio 2021.
Señora
Dra. Miriam Germán Brito
Procuradora General de la República
Palacio de Justicia del
Centro de los Héroes.
Su Despacho.
C I U D A D.-
Distinguida Magistrada:
Después de un cordial saludo, por medio de la presente comunicación escrita tenemos a bien exponer lo siguiente:
1- La Procuraduría Fiscal del Municipio de Santo Domingo Este, representada por el Procurador Adjunto del departamento de Homicidio, el LIC. WILSON DIAZ, sobre el apresamiento ilegal del señor, Bienvenido Cabral Sandoval, actúa en violación al principio de objetividad establecido en artículo 15 de la Ley 133-11 Orgánica del Ministerio Público, en cuanto a la aplicación de la norma jurídica especialmente en la investigación que fundamenten las pruebas vinculantes como también la que lo eximan y extingan al imputado.
2- El procurador fiscal WILSON DIAZ, desde el momento que fue apresado el señor Bienvenido Cabral Sandoval, a quien se le investiga de haber disparado con arma de fuego donde resultaron dos personas heridas de bala en medio de un desalojo en el sector La Rusa del Distrito Municipal de San Luis, Provincia Santo Domingo, dentro de las diligencias de la investigación ordenó que se le realizaran las pruebas de Absorción Atómica o Parafina y residuo de pólvora, como también la prueba de balística al arma de fuego que porta de manera legal, la cual fue mandada a buscar a la casa del señor Cabral Sandoval, porque al momento de su detención se encontraba desarmado, y ambas pruebas han obtenido resultado NEGATIVO, es decir que de la acusación de haber disparado según lo planteado por el Ministerio Público y el fiscal Wilson Díaz, las pruebas científicas emanadas por el órgano competente de la Policía Nacional dicen que el señor Bienvenido Cabral Sandoval,no se le encontró residuo de pólvora pero tampoco su arma disparó en razón de que los casquillos encontrados en el lugar de los hechos no coinciden según los exámenes realizados.
3- Que el fiscal Wilson Díaz, ya teniendo conocimientos de ambos exámenes antes mencionados y a la vez ocultándoselos a sus abogados de defensa, toma la decisión de presentar solicitud de medida de coerción contra Bienvenido Cabral, por la supuesta violación a los artículos 266, 267, 2, 295 tipos penales que consisten en asociación de malhechores, tentativa de homicidio, homicidio voluntario como también violación a la Ley 631-16 sobre portes y tenencias de arma de fuego, acción esta que rompe con el principio de objetividad que deben actuar los miembros del Ministerio Público, además plantea de manera insistente perversa, e irracional, una solución del caso de llegar a un acuerdo económico con las supuestas víctimas cuando él mismo sabe que por los tipos penales de la acusación no es posible acuerdo alguno por ser esto de orden público y hechos graves. A dicha propuesta los abogados de la defensa técnica del señor Bienvenido Cabral Sandoval, se han resistido toda vez que las pruebas científicas lo desvinculan en su totalidad de la acusación del Ministerio Público, dado el caso que para adoptar una medida de coerción primero tiene que haber una participación directa, de complicidad, una mínima cintilla de participación con los hechos y ya existiendo pruebas que lo desvinculan de los hechos el mismo debe ser puesto en libertad pura y simple.
4- Que el señor Bienvenido Cabral Sepúlveda guarda prisión en la cárcel de San Luis desde el día 8 del mes de junio del año 2021, por una posición de la Fiscalía de Santo Domingo Este, bajo la orden de un poderoso sector en razón de la oposición radical del señor Cabral Sandoval, sobre la instalación del vertedero en el Distrito Municipal de San Luis, quien por demás ha venido actuando en defensa de la comunidad como vocal del Ayuntamiento de ese Distrito Municipal , defensor comunitario y transportista.
5- En ese mismo orden de ideas cuando un fiscal oculta pruebas a descargo de un imputado se convierte en criminal, bajo el supuesto de perseguir el delito y el delincuente, haciéndole un daño terrible a una Procuraduría que busca justicia independiente conforme al principio de independencia establecido en el artículo 17 de la Ley 133-11 Orgánica del Ministerio Público, y sobre todo transparente para perseguir la corrupción y la impunidad.
6- De manera honesta y clara existen pruebas de los vídeos que muestran que Bienvenido Cabral Sandoval al momento de los hechos se encontraba en su lugar de trabajo. Con esto estamos buscando que se haga justicia con nuestro compañero, luchamos por su inocencia, porque tenemos las pruebas materiales que así lo demuestran y que el fiscal Wilson Díaz, ocultó para dañar a nuestro Compañero y también al Ministerio Público.
7- Cabe destacar que la solicitud de medida de coerción está fijada para este lunes 21 de junio 2021, a la 2:30 P.M. en la Oficina de Atención Permanente del Municipio Santo Domingo Este, de manera virtual toda vez que los abogados de la defensa han planteado que sea de manera presencial por lo que dicho tribunal se ha negado entrando éste en violación a la sentencia No. 00-30-2020-SSEN-00274, de fecha 9 de septiembre del 2020 emitida por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo.
8- Dicho todo esto solicitamos que se aperture una investigación con relación a los hechos antes narrados sobre el miembro del Ministerio Público el Lic. Wilson Díaz Procurador adjunto al departamento de homicidio de la Procuraduría Fiscal del Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo.
Agradecer de ante mano sus atenciones con admiración y respeto muy atentamente,
JUAN HUBIERE DEL ROSARIO
Presidente de FENATRANO y Movimiento Rebelde
ANEXOS:
1-Solicitud de Medida de Coerción
2- Oficio No.4020 solicitud absorción atómicade fecha 10 de junio 2021
3- Certificado de análisis forense departamento analístico técnica forense de laboratorio No.2099-2021 de fecha 9 de junio 2021.
4- Certificado de análisis forense sección de balística Policía Científica 2100-2021 de fecha 9 de junio 2021.
5- Mosaico fotográfico de la cámara de seguridad del lugar donde se encontraba el señor Bienvenido Cabral al momento de ocurrir los hechos que se le imputan.
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