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Senado declara de urgencia y aprueba modificaciones a Ley de Residuos Sólidos de la República Dominicana
La normativa busca fortalecer la gestión integral y sostenible de los residuos sólidos, a fin de mantener la armonía entre el hombre y su ambiente.
Santo Domingo. – El Senado de la República aprobó y declaró de urgencia en dos lecturas consecutivas, las modificaciones a la ley número 225-20, Ley General de Gestión Integral y Procesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana.
El proyecto fue presentado por los senadores Ramón Rogelio Genao Durán de la provincia La Vega; y Ginnette Bournigal de Jiménez de Puerto Plata.
Esta pieza tiene el propósito de fortalecer el marco normativo para la gestión integral y sostenible de los residuos sólidos, modificando los artículos 4, en los numerales 11, 38, y 39; y se agregan los numerales 21-bis, 26-bis y 47-bis. También modifica los artículos 16 y 17 de la presente ley con el fin de mantener la armonía entre el hombre y su ambiente, e impedir, subsanar, corregir o eliminar las situaciones que pongan en riesgo la calidad de los recursos naturales y de la biósfera.
La iniciativa refiere que desde la promulgación de la Ley 225-20, Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, no se han logrado grandes avances en la reducción del impacto ambiental de los residuos sólidos, no obstante, persisten desafíos en la implementación efectiva de la gestión integral de estos.
La normativa establece que el manejo y la gestión integral y disposición final de los residuos es uno de los principales pilares de la Ley No. 225-20, ya que el aumento de la población, junto a los cambios en los patrones de consumo, ha provocado un incremento en la cantidad de residuos que se generan en el país. En virtud de esto, se hace necesario adoptar medidas que garanticen la conservación del ambiente sano y ecológicamente equilibrado para las presentes y futuras generaciones.
El Pleno aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que modifica la Ley-358-05, sobre la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario.
Esta normativa tiene la finalidad de modificar varios artículos para establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario, garantizando la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre los proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho público o privado, nacionales o extranjeros y la calidad de los productos que consume la población.
La pieza presentada por el senador de la provincia de Santiago Rodríguez, Antonio Marte, indica que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR), como órgano del Estado destinado a garantizar los derechos fundamentales de las personas y su acceso a bienes, servicios y alimentos de calidad, debe poseer las cualidades administrativas que lo doten de las competencias sancionadoras necesarias, propugnando así por la eficacia en la aplicación de la ley y el beneficio colectivo.
En segunda lectura el Pleno aprobó el proyecto que designa con el nombre de Theodore Chasseriau el Bulevar Turístico del Atlántico, comprendido desde el cruce el Catey, en el municipio Sánchez, hasta el cruce el Limón, con la carretera de Samaná, de la provincia Samaná, propuesta del senador Pedro Manuel Catrain.