PRINCIPALES
Proyecto de ley establece hasta 30 años de prisión a quienes crucen haitianos a RD

Los dominicanos que se dediquen al tráfico de migrantes como el cruzar haitianos al país podrían ser sancionados hasta con 30 años de prisión, de acuerdo a un proyecto de ley que reposa en el Senado de la República y que fue enviado al Congreso Nacional en diciembre pasado por el Poder Ejecutivo.
El proyecto de ley sobre “Persecución y Judicialización de las Organizaciones Criminales“, el cual se encuentra en la comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado desde el pasado 3 de diciembre de 2024, detalla los tipos de delitos de organización criminal y plantea también una serie de atenuantes para los traficantes de personas.
Ayer, el ministro de Relaciones Exteriores de República Dominicana, Roberto Álvarez, recomendó a los grupos de extrema derecha y a los grupos interesados en detener la migración ilegal de haitianos que exijan penas de prisión más severas para los traficantes de indocumentados en la frontera.
Tráfico de migrantes
Según el proyecto de ley, una organización criminal es cuando dos o más personas integren, constituyan o promuevan una organización con reparto de tareas o funciones para cometer los delitos previstos en el artículo 31 y con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros, cometen el delito de organización criminal.
El proyecto, que fue enviado al Congreso Nacional por el presidente Luis Abinader, a través de la Consultoría del Poder Ejecutivo, destaca que “este delito se sancionará con una pena de diez (10) a treinta (30) años de prisión”.
En un párrafo del mismo artículo se detalla cuáles son los delitos cometidos al amparo de una organización criminal con un total de 21, entre estos: tráfico ilícito de migrantes y trata de personas; tráfico de drogas y sustancias controladas; tráfico ilícito de armas, municiones y materiales relacionados; secuestro; tráfico y explotación de niños, niñas y adolescentes; sicariato; estafa contra el Estado, desfalco, concusión, cohecho, sobornos, tráfico de influencia, prevaricación, coalición de funcionarios y delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, entre otros.
Ser militar o traficar niños son agravantes
El proyecto de ley señala una de serie de circunstancias agravantes de los delitos de organización criminal.
Señala el proyecto como uno de los agravantes en hecho de “encontrarse en ejercicio de cualquier función pública, así como ser miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional o cualquier organismo de seguridad e investigación del Estado, o que, sin serlo, use documentos, armas, uniformes o credenciales simulando tal condición, sin perjuicio de penas accesorias sobre destitución e inhabilitación contempladas en leyes especiales”.
También la “utilización de niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad o en condición de vulnerabilidad” y el uso de armas de cualquier tipo.
“A las personas que tengan funciones de dirección, gestión o supervisión de la organización, o utilizaren personas valiéndose de relaciones de poder ejercidas sobre estas dentro del grupo delictivo organizado, se les aumentará la pena en una tercera parte”, agrega.
Dominicanos reincidentes trayendo haitianos
El pasado martes 1 de abril fue detenido un motociclista por tercera vez por miembros del Ejército de República Dominicana cuando transportaba inmigrantes haitianos indocumentados en la zona costera de Montecristi.
El detenido, identificado como Jorge Martínez, fue interceptado en la carretera costera, del municipio Villa Vásquez, en una motocicleta transportando a tres haitianos con su estatus migratorio irregular.
El apresado había sido arrestado en otras dos ocasiones en la misma zona transportando indocumentados en motocicletas, la última fue el pasado 8 de febrero del presente año.
¿Qué dice el proyecto sobre la reincidencia?
El proyecto de ley sobre “Persecución y Judicialización de las Organizaciones Criminales” plantea que habrá reincidencia cuando una persona condenada por sentencia irrevocable de un tribunal nacional o extranjero cometa un nuevo delito, sin importar que sea de la misma naturaleza o no.
“Si una persona física que ha sido condenada irrevocablemente por uno de los delitos que sanciona la presente ley comete otro delito, se le impondrá el máximo de la pena que conlleve el delito cometido”, agrega.
Canciller
Ayer, el canciller dominicano expresó estar de acuerdo con que, si un miembro de las Fuerzas Armadas es detenido traficando ilegales, se le aplique una degradación de rango de manera ejemplar, “o sea que sea una pena infamante”.
“Y yo llamo a la Antigua Orden Dominicana y a todas estas personas que están interesadas correctamente en que se pare la migración aquí a que se dediquen a trabajar porque aquí se establezcan realmente penas graves a toda persona que trafique o trate con personas desde Haití hacia República Dominicana, que se cree como un crimen de lesa patria, que comiencen con eso”, manifestó.