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Jean Alain insiste en exigir la extinción del caso Medusa donde se le acusa de corrupción

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El exprocurador Jean Alain Rodríguez, concluyó su exposición de defensa material, señalando que las deficiencias logísticas, la sobrecarga institucional del Ministerio Público o la agenda de los tribunales no pueden ser cargadas al ciudadano para justificar la prolongación indefinida de un juicio.

Al asumir personalmente su defensa material, ante las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Alain Rodríguez, solicitó la extinción de la acción penal en su contra por vencimiento del plazo máximo del proceso y cuestionó la dilación del Ministerio Público.

Sostuvo que las deficiencias logísticas, la sobrecarga institucional del Ministerio Público o la agenda de los tribunales no pueden ser cargadas al ciudadano para justificar la prolongación indefinida de un juicio.

El exprocurador es el principal implicado en el caso Medusa, un gran proceso por corrupción administrativa en el que fueron implicadas alrededor de 60 personas físicas y jurídicas, de las cuales una veintena se declaró culpable de las imputaciones. La investigación de la Procuraduría General señala un desfalco al Estado de más de RD$6,000 millones.

“El legislador no le dijo al Ministerio Público ‘tenga todo el tiempo del mundo’. Le otorgó plazos específicos para investigar, organizar su acusación y presentarla. Ningún ciudadano puede quedar sometido a un proceso infinito simplemente por la ineficiencia o el volumen de trabajo del Estado”, manifestó Rodríguez ante el tribunal.

El Código Procesal Penal

Rodríguez abordó la reciente actualización del Código Procesal Penal, particularmente el artículo 150, señalando que el legislador fue explícito al precisar que las fallas en el servicio judicial no constituirán causa de extensión ni reducción de los plazos procesales.

“El Estado no puede invocar sus propias deficiencias para justificar que un ciudadano permanezca sometido al poder punitivo más allá del tiempo máximo establecido por la ley. La ineficiencia o el volumen de trabajo de la fiscalía no son causales legales para suspender el cómputo del proceso”, argumentó.

Para sustentar su posición, citó el historial legislativo y las actas de la Cámara de Diputados relativas a las reformas del Código Procesal Penal, mencionando intervenciones de los diputados Magda Díaz Jiménez y Alfredo Pacheco, quienes ratificaron que el plazo máximo de duración del proceso cuatro años en casos de alta complejidad fue concebido con carácter garantista y de aplicación estricta.

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