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POLÍTICA

Eugenio Cedeño rechaza extensión de mandatos de las actuales autoridades del PRM

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SANTO DOMINGO.- El diputado y aspirante a la Secretaría General Nacional del Partido Revolucionario Moderno (PRM) Eugenio Cedeño, rechazó cualquier intento de posponer la convención ordinaria de esa organización destinada a renovar las autoridades internas.

Precisó que la reciente decisión anunciada por la Dirección Ejecutiva del PRM, orientada a promover la extensión del mandato de las actuales autoridades partidarias, constituye un grave precedente político e institucional que contradice la esencia democrática del partido, vulnera principios constitucionales y desconoce disposiciones expresas de los Estatutos del partido.

“La democracia interna no es opcional. Es un mandato constitucional, legal y estatutario. El artículo 216 de la Constitución de la República Dominicana establece que los partidos políticos deben organizarse y funcionar sobre la base del respeto a la democracia interna y la participación ciudadana”, expresó.

Recordó que la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos dispone igualmente que las organizaciones políticas deben elegir periódicamente sus autoridades y garantizar mecanismos democráticos de participación y representación.

“Pero además, los propios Estatutos del PRM son inequívocos. El artículo 5 consagra el principio de soberanía partidaria, estableciendo que la autoridad y legitimidad del partido descansan en la voluntad democrática de su militancia. La soberanía del PRM pertenece a sus bases, no a grupos reducidos de dirección circunstancial”, señaló

Refirió además que los artículos 11, 20 y 21 de los estatutos del PRM establecen principios de institucionalidad democrática, funcionamiento regular de los órganos partidarios y participación de la militancia en la vida interna del partido.

Subrayó queel artículo 51 regula el proceso convencional y la renovación de autoridades internas, confirmando el carácter obligatorio y periódico de dichos procesos.

Asimismo, resaltó que el artículo 52 de los Estatutos del PRM ordena expresamente que la Comisión Nacional de Elecciones Internas debe iniciar los preparativos del proceso convencional con un año de antelación al vencimiento del mandato de las autoridades partidarias.

“Esa disposición estatutaria tiene una enorme trascendencia jurídica y política, porque demuestra que el constituyente interno del partido jamás contempló la posibilidad de suspender, congelar o posponer indefinidamente la convención ordinaria. Por el contrario: los Estatutos parten de la premisa obligatoria de que las elecciones internas deben realizarse dentro del plazo correspondiente, razón por la cual ordenan iniciar sus preparativos un año antes”, manifestó.

Para Cedeño, no puede alegarse ahora como justificación política la consecuencia de un incumplimiento previamente provocado por los propios órganos de dirección.

“La pregunta obligada es: ¿Por qué no se convocó oportunamente la Comisión Nacional de Elecciones Internas? ¿Por qué no se inició el cronograma organizativo que ordena el artículo 52? ¿Por qué ahora se pretende sustituir la obligación estatutaria de celebrar elecciones por una extensión extraordinaria de mandatos?”.

Dijo que la omisión deliberada de activar la Comisión Nacional de Elecciones Internas no puede convertirse en fundamento para restringir el derecho de la militancia a elegir sus autoridades.

“Mucho menos cuando el PRM nació precisamente luchando contra las imposiciones, las prórrogas de cúpulas y los mecanismos excluyentes que negaban el derecho de las bases a decidir. La democracia interna no debilita al partido. Lo fortalece. El voto de la militancia no amenaza la estabilidad nacional. La legitima”, expresó.

Eugenio Cedeño calificó como preocupante que se pretenda presentar el ejercicio democrático interno como un obstáculo para gobernar, cuando precisamente el PRM llegó al poder prometiendo más democracia, más institucionalidad y más participación.

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